¿Manotazos de ahogado? La ANFP demanda al director de El Ágora

El ente rector del fútbol profesional chileno interpuso una demanda contra los periodistas Mauricio Israel y Marco Sotomayor. Los acusa de difamar a su presidente, Pablo Milad, en el programa «Círculo Central», de TV+.

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Por Martín Retamales
Actualizado el 23 de enero de 2025 - 3:46 pm

Las opiniones de Marco Sotomayor no les cayeron bien a los mandamases de la ANFP / Foto: ARCHIVO

La Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) presentó una demanda contra los periodistas deportivos Mauricio Israel y Marco Sotomayor, director de El Ágora, por comentarios que estos emitieron sobre la gestión de su presidente, Pablo Milad, en el programa «Círculo Central» del Canal TV+.

En la demanda, además de Milad, se hacen presentes el oficial de cumplimiento de la ANFP, Miguel Ángel Valdés; el gerente general, Pablo Silva, y el director del Mundial sub 20 Chile 2025, Felipe De Pablo.

El detalle de la demanda

En el escrito, los demandantes, en este caso el ente rector del fútbol chileno, argumentan que “en dicho programa (Círculo Central) se hace referencia a cómo hemos llevado adelante la administración de la Asociación Nacional de Fútbol, efectuando comentarios descalificativos en nuestra contra en razón de los cargos que ejercemos”.

Los demandados por Milad y compañía: Marco Sotomayor y Mauricio Israel, panelistas de Círculo Central.

Asimismo, en la demanda la entidad adjunta pruebas que según ellos demuestran cómo los periodistas han criticado la gestión de Milad como mandamás de la entidad. La mayoría de los comentarios de los panelistas son de programas del año 2023.

Además, la ANFP acusa que “los delitos efectuados por los demandados en un medio de comunicación masivo, todos de una connotación absolutamente negativa y descalificadora, implican la constitución de un ilícito civil, en este caso, la difamación”.

Desde la institución solicitan que se condene a los demandados por los perjuicios ocasionados en contra de Milad y los demás trabajadores de la asociación. Por ello, la ANFP exige una indemnización a su favor.

Lo que dice el Código Civil

Sin embargo, y según el Código Civil, artículo 2331, “las imputaciones injuriosas contra el honor o el crédito de una persona no dan derecho para demandar una indemnización pecuniaria, a menos de probarse daño emergente o lucro cesante, que puede apreciarse en dinero; pero ni aún entonces tendrá lugar la indemnización pecuniaria, si se probare la verdad de la imputación”.