Corte confirma fallo contra el Estado por tsunami en Juan Fernández

El fisco deberá indemnizar a familiares de víctimas por falta de alerta por un monto de 145 millones de pesos.

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Por Cristián Carrión
Actualizado el 20 de marzo de 2025 - 10:59 am

Juan Fernández después del tsunami / Foto: ARCHIVO

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la responsabilidad del Estado en la falta de alerta de tsunami en el archipiélago Juan Fernández, tras el terremoto del 27 de febrero de 2010.

Con esta resolución, se mantiene la sentencia que obliga al fisco a indemnizar con un total de $145 millones a los familiares de las víctimas.

Falta de servicio y condena al Estado

El fallo, emitido por la Cuarta Sala del tribunal de alzada e integrado por las ministras Dobra Lusic, Jenny Book y el abogado (i) Jorge Benítez, desestimó los argumentos del Estado y confirmó que hubo falta de servicio por parte de la Oficina Nacional de Emergencia (Onemi) y el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA).

“Los servicios de la Onemi y el SHOA no difundieron oportunamente la alerta de tsunami al archipiélago de Juan Fernández, el día 27 de febrero de 2010”, precisa la sentencia.

Monto de las indemnizaciones

El dictamen del tribunal ordenó al fisco a pagar compensaciones por daño moral a los familiares de las víctimas del desastre natural.

Los montos establecidos son los siguientes:

-$60.000.000 para Pablo Lorca Fajardo.

-$60.000.000 para Ivanka José Brito Schiller.

-$25.000.000 para Franccesca Figueroa Green.

Esta resolución confirma la sentencia dictada en primera instancia por el 30° Juzgado Civil de Santiago, la cual fue apelada por el fisco sin éxito.

Con ello, se refuerza la obligación del Estado de responder por la falta de alerta que derivó en la trágica pérdida de vidas en el archipiélago.